Es un producto diseñado por las Aseguradoras, que ampara a su vehículo en el evento sufra daños totales o parciales de manera accidental, o sea víctima de hurto total o parcial, o que el vehículo produzca daños de manera accidental a terceras personas o bienes. Además, este tipo de pólizas cuenta con asistencias para el vehículo y a sus ocupantes.
¿Qué cubre?
Las coberturas que tiene las pólizas todo riesgo son:
Se aseguran vehículos particulares, públicos, pesados y motos.
Ampara a los propietarios de aptos, casas ante eventos inesperados como incendio, terremoto, explosión, daños por agua y desastres naturales que afecten el inmueble, y los bienes contenidos en él. En este tipo de pólizas se puede incluir el amparo de hurto, responsabilidad civil extracontractual, responsabilidad civil extracontractual familiar, asistencia y demás coberturas que establezca cada aseguradora.
¿Qué cubre?
Es una protección para usted y su familia, que ampara los riesgos de invalidez o incapacidad total y permanente en caso de enfermedad o accidente, fallecimiento por cualquier causa y demás eventos inesperados ofrecidos por cada aseguradora.
¿Qué cubre?
Este seguro garantiza una cobertura de servicios médicos asistenciales, que incluyen atención en urgencia, hospitalización, cirugías, consultas médicas especializadas, exámenes clínicos, ayudas diagnósticas, y otros amparos que ofrecen las aseguradoras. Este plan de salud permite que los asegurados elijan las clínicas o centros hospitalarios, médicos, laboratorios y demás, permitiendo comodidad, servicios oportunos, tranquilidad y efectividad en los tratamientos requeridos.
¿Qué cubre?
Ampara los riesgos a los que se ven expuestos los negocios, pequeñas, medianas o grandes empresas frente a eventos accidentales o de la naturaleza, que afecten a los bienes propios o de terceros.
¿Qué cubre?
Y demás amparos de acuerdo con la necesidad del cliente.
Ampara las zonas comunes de los edificios y los bienes que contiene, de los daños o pérdidas que sufran ante eventos como incendio, explosiones, desastres naturales o accidentes de terceros. Este es un Seguro que es obligatorio en las copropiedades en Colombia, así lo señala la ley 675 de 2001 en su artículo 15, parágrafo 1.
¿Qué cubre?
Protege el patrimonio de los médicos y odontólogos ante una reclamación o demanda, por acción u omisión en el ejercicio de su actividad profesional, que pueda afectar a sus pacientes o a un tercero.
¿Qué cubre?
La Aseguradora Global ofrece planes educativos, que permiten a los padres de familia asegurar el futuro de sus hijos, porque sus hijos pueden elegir la Universidad de su preferencia, y estudiar la carrera que desee elegir a su conveniencia. Este seguro se puede adquirir antes de que falten 6 años para ingresar a la Universidad.
¿Qué cubre?
Técnico y jurídico en la suscripción del contrato de seguros (Pólizas), y en el momento que ocurra un siniestro o necesite un acompañamiento por asistencias.